Derechos de Autor y Privacidad
3 Casos de
Estudio
Violación de
derechos de autor en Arquitectura
Internet ofrece ilimitada cantidad de
información, entre investigaciones, artículos, software, etc. Un usuario de
internet debe ser precavido en cómo usa la información de la que dispone y
tener claro qué tipo de permisos tiene para manejar ésta.
Los permisos para el manejo de la información
están dados por las leyes de derecho de autor, que según la Organización
Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), son derechos que se le dan a los
autores por sus obras.
En internet hay tratados que protegen el
mercado de todo lo nuevo que aparece cada día, los derechos de los creadores de
nuevas tecnologías.
Al publicar cualquier contenido siempre hay
que tener responsabilidad respecto a los derechos de creación, los nuestros
propios y los de los demás, protegiendo en ambos casos el trabajo intelectual y
creativo.
Los siguientes son 3 casos de violación de
derechos de autor en el ejercicio de la arquitectura como profesión o como modo
de vida.
Caso 1. El Atomium de Bruselas
El arquitecto José Fariña se acercó al
Atonium, un símbolo arquitectónico en la ciudad de Bruselas, proyectado en 1958
por el ingeniero André Waterkeyn y construido por los arquitectos André et Jean
Polack, y reconstruido entre 2001 y 2008 para celebrar su cincuentenario.
El arquitecto toma varia fotos en su visita y
decide publicarlas luego en su blog personal, pero más tarde se da cuenta que
en la página web del Atonium hay una cláusula de protección de autor que dice
lo siguiente: "La imagen del Atomium está protegida. Toda utilización,
difusión, y/o reproducción debe ser obligatoriamente notificada a la ASBL
Atomium o a la SABAM scrl soc civ, Société Belge des Auteurs, Compositeurs et
Editeurs".
Lo anterior supone que aun habiendo sido el
arquitecto José Fariña el dueño de la foto que él mismo tomó, no puede
utilizarla, e incluso debería estar pagando una gran suma de dinero por usarla
en su propio blog.
Tipo de violación de derechos de autor:
En este caso, la ley belga es muy clara
respecto de la protección de la obra arquitectónica construida, y la foto no
puede reproducirse sin autorización de quien posea los derechos, de forma
íntegra, parcial, un detalle, su adaptación o cualquier otro tipo de
manipulación.
Aun así, el arquitecto José Fariña, ha
encontrado muchas otras fotos en internet que muestran esta obra arquitectónica
sin recibir ninguna sanción y ha mencionado ciertas leyes preexistentes en Europa
acerca de que los derechos de autor previven sesenta años después de la muerte
del creativo.
Posible solución:
La solución más factible es la eliminación
del contenido.
Es prudente para evitar este tipo de
violaciones respecto a las obras arquitectónicas, revisar contenido web
existente de los edificios y las políticas de privacidad y de derechos de autor
antes de publicar cualquier contenido que se haya tomado en el sitio.
http://elblogdefarina.blogspot.com/2008/10/arquitectura-imagen-y-derechos-de-autor.html
Caso 2. La impresión 3D
Hoy en día los arquitectos nos apoyamos mucho
en la tecnología, desde los programas CAD para la proyectación y el diseño,
hasta los software que nos ayudan con la visualización 3D y actualmente la
impresión 3D.
La tecnología de la impresión 3D se ha venido
desarrollando progresivamente en los últimos años y ha promovido cambios en la
industria, en la arquitectura, el diseño, e incluso en áreas tan delicadas como
la medicina.
Como en todos los campos, hay que tener
cuidado en utilización, sobre todo a la hora ver qué se está imprimiendo y cuál
es el uso final que va a tener.
Tipo de violación de derechos de autor:
Cualquier arquitecto con conocimiento en
algún software para el modelado tridimensional puede generar un modelo 3D y por
ser su creador cuenta con derechos de autor. Ahora bien, si la sube a Internet,
¿podrá oponerse de forma efectiva a que otros la usen en contra de su voluntad?
No todos los modelos 3D que existen en el
mercado de internet son gratuitos, pero así como muchos otros contenidos
protegidos, existen innumerables descargas ilegales. La descarga de modelos 3D
sin la previa autorización del titular de los derechos de propiedad
intelectual, es ilegal.
También hay que tener en cuenta que hay
modelos que pueden ser descargados pero no modificados. Por tanto, el usuario
que cambie, transforme o imprima un diseño en contra de la voluntad de su autor
estará cometiendo un acto ilegal.
Posible solución:
Utilizar modelos propios a la hora de hacer
una impresión 3D, o si fuera el caso de utilizar un modelo hecho por otra
persona, revisar las políticas o derechos de autor que lo cobijan, las cuales
normalmente se encuentran descritas en los sitios que alojan estos modelos 3D (La
puesta a disposición y la transformación de una obra solo pueden realizarse por
el titular o con su consentimiento).
http://www.impresoras3d.com/aspectos-legales-de-la-impresion-3d-abanlex/
Caso 3. Software CAD pirata
La piratería de software o más bien el uso
ilegal de software es el uso de software sin contar con la respectiva licencia,
lo cual corresponde a las siguientes situaciones:
·
Copiar
e instalar un software adquirido en más de un computador personal
·
Copiar
medios (CD u otro medio) con fines de instalación y distribución
·
Instalar
actualizaciones son contar con la debida licencia
·
Adquirir
software con algún tipo de beneficio académico o restringido y destinarlo para
uso comercial
·
Descargar
software de desde Internet sin la debida licencia
·
Comprar
copias no autorizadas de software.
Los programas con los que trabajan muchos
arquitectos son piratas, no tienen licencia. Es el caso del AutoCAD, que puede
llegar a tener licencias con un costo superior a los U$3.000.
Actualmente no existe una legislación clara
respecto del uso de este programa a la hora de aprobar planos generados con el
mismo, pero sí existen los derechos de autor.
Tipo de violación de derechos de autor:
En el año 2008, el reconocido mundialmente
arquitecto Santiago Calatrava fue demandado por el uso ilegal de AutoCAD, o por
la presunta violación de propiedad intelectual del mismo.
Esta denuncia se hizo mientras se construía
el Complejo de la Ciudad de las Artes y las Ciencias en la ciudad de Valencia,
España.
En la obra se encontró que para el desarrollo
de las actividades técnicas se estaba utilizando AutoCAD sin las
correspondientes licencias.
Finalmente, se tuvo que pagar una multa por
la vulneración de la propiedad intelectual de la empresa titular de los
derechos de AutoCAD.
Posible solución:
Hay que tener clara la legislación que rige
los procesos de contratación pública o privada y en general los procesos de
construcción, para saber qué tipo de licencias se pueden o no utilizar con los
software que se van a usar en todo el proceso de la obra que se vaya a
adelantar.
http://www.alejandrobarros.com/content/view/120677/Pirateria-de-Software.html
http://derechoynormas.blogspot.com/2008/08/el-honor-de-calatrava-y-la-piratera-de.html
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